Una nueva medida obliga a las aerolíneas colocar el «botón de arrepentimiento» que deberá estar presente a la hora de comprar un pasaje
La nueva opción que ofrecen las líneas aéreas se basa en una medida tomada por la Secretaría de Comercio Interior, informó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
La flamante normativa establece la obligatoriedad de instalación del «botón de arrepentimiento» para todas las compañías nacionales y extranjeras que comercialicen bienes o servicios en el país.
Este botón permitirá al consumidor deshacer o revocar la compra de pasajes aéreos. La resolución 329/2020 fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Las empresas de «transporte aéreo de pasajeros nacional e internacional y que operen dentro de la Argentina implementen en un plazo de 60 días» este sistema de «botón de arrepentimiento».
El sistema deberá ser «ágil y sencillo», similar al denominado «botón de arrepentimiento». El mismo deberá estar en las páginas web de cada aerolínea comercial. Permitiendo que el usuario tenga derecho de reintegro.
- ¿Será aplicable para todos los billetes de avión?
Pero un detalle importante es que la medida será aplicable solo para aquellos billetes que la compañía elija como «reembolsables». Así es cómo lo explicó la ANAC: «El botón de arrepentimiento insta a las líneas aéreas a hacerlo de la manera más ágil y mandatoria para aquellos pasajes que tengan la posibilidad de devolución».
«No todos los billetes de avión van a ser reembolsables. Los que sean aplicables tienen que tener el botón de arrepentimiento que te va a avisar que ese ticket va estar o no dentro de la medida. Pero te van a decir antes de que lo compres que tenés la posibilidad de deshacer la compra en un futuro», agregaron desde el organismo, según señala La Nación.
- Los límites de tiempo
«La posibilidad de retractarse es más flexible y posibilita la venta del billete para las aerolíneas. Y el tiempo límite para hacerlo es desde el momento que se ejecuta la compra hasta 24 horas antes del vuelo. Si se llega a esta instancia, el cliente tendrá distintas penalidades», afirmaron.
Esta normativa le permitirá al consumidor poder solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado. Esto será conforme los términos de los Artículos 34 de la Ley N ° 24.240 y 1.110 del Código Civil y Comercial de la Nación.
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