• 25 agosto, 2026 10:58

El Iprodha cambia las reglas ante separaciones: la vivienda quedará con quien cuide a los hijos

Una separación cambia una familia, reorganiza ingresos, obligaciones y rutinas. Cuando además hay hijos menores y una vivienda social todavía en proceso de pago, puede abrir un problema adicional y particularmente delicado: quién permanece en la casa y cómo sostiene la cuota el hogar que queda a cargo de los chicos.

El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) decidió poner una regla donde hasta ahora podían aparecer incertidumbres.

A través de la Resolución Reglamentaria Nº 00242/26, fechada el 10 de agosto, el organismo creó el “Procedimiento Administrativo Especial de Readjudicación y Sostenimiento Habitacional”, destinado a garantizar la titularidad y permanencia en las viviendas del Instituto de la persona que ejerza el cuidado efectivo de los hijos menores después de la disolución de una pareja.

La medida incorpora además una herramienta económica: una vez comprobada la situación familiar y socioeconómica, el IPRODHA podrá bonificar hasta el 40% de la obligación mensual durante 24 meses consecutivos.

El criterio que atraviesa la resolución es que la ruptura de la pareja no se transforme también en la pérdida de la vivienda de los chicos.

La resolución establece que el procedimiento alcanzará a las diferentes configuraciones familiares y será aplicado “sin distinción de género u orientación sexual”, siempre que existan menores de edad a cargo dentro del hogar.

El IPRODHA fundamenta la decisión en su propia ley de creación, que establece como finalidad la promoción de viviendas destinadas a las familias que habitan Misiones sin realizar distinciones respecto de cómo está conformado el núcleo familiar.

Sobre esa base, el Directorio fijó una prioridad: ante una separación, preservar la residencia de los menores y facilitar que la persona que efectivamente queda a cargo de su cuidado pueda continuar habitando y pagando la vivienda.

La normativa abarca tanto la ruptura de matrimonios como de uniones de hecho.

No establece, por lo tanto, una preferencia automática por el padre o la madre. El elemento determinante será quién ejerce efectivamente el cuidado de los menores y que éstos residan real y permanentemente en esa vivienda.

El cambio de titularidad no será automático. Quien solicite la readjudicación deberá iniciar un expediente ante el Instituto y acreditar tanto la ruptura de la pareja como el cuidado de los hijos y su capacidad para continuar afrontando las obligaciones correspondientes.

La resolución exige presentar una nota formal por duplicado ante la mesa de entradas, dirigida al presidente del IPRODHA, declarando que la persona solicitante habita efectivamente el inmueble.

También deberá adjuntarse la sentencia de divorcio o la renuncia de condominio realizada ante escribano público, además de la acreditación judicial de la tenencia o cuidado personal de los hijos menores.

A esto se sumará la demostración de ingresos y garantías que permitan sostener el pago de la vivienda. Pero el expediente documental será solamente una parte del procedimiento.

La Dirección de Trabajo de Campo, dependiente de la Gerencia Social del Instituto, tendrá la responsabilidad de realizar un informe socioeconómico sobre el hogar.

Ese relevamiento deberá verificar dos cuestiones centrales: que los menores efectivamente residan de manera real y permanente en la vivienda y quién ejerce su cuidado.

Además, analizará las condiciones socioeconómicas del nuevo grupo familiar.

De esta manera, la readjudicación no dependerá únicamente de la situación formal anterior del inmueble, sino también de la realidad familiar que queda después de la separación.

Es uno de los puntos centrales de la nueva normativa: frente a una ruptura, la política habitacional provincial incorpora expresamente como variable el lugar donde permanecen los hijos.

La resolución contempla que la separación puede producir también un impacto inmediato sobre la economía doméstica.

Un hogar que hasta entonces podía contar con dos ingresos puede pasar a depender de uno solo, mientras permanecen buena parte de los gastos vinculados con la vivienda y la crianza.

Por eso, si el relevamiento confirma la situación declarada, el IPRODHA podrá aplicar una bonificación de hasta el 40% durante 24 meses consecutivos.

El descuento se calculará sobre el monto resultante de la sumatoria de la cuota neta de la vivienda, el interés de financiación y el Fondo Solidario de Desarrollo Habitacional.

No se plantea como una modificación permanente del valor de la vivienda, sino como una asistencia temporal para atravesar los primeros dos años posteriores a la reorganización del hogar.

La persona que resulte nueva titular podrá además optar por el descuento directo mediante recibo de sueldo, si trabaja en la administración pública, o adherirse al débito automático para garantizar la regularidad de los pagos.

Una política habitacional adaptada a nuevas realidades familiares

La resolución introduce un cambio que va más allá del mecanismo administrativo de una adjudicación. Las viviendas sociales suelen otorgarse considerando la composición y los ingresos de un grupo familiar determinado. Pero esa fotografía inicial puede cambiar durante los años que demanda cancelar una casa: las parejas se separan, los ingresos se dividen y los hijos permanecen bajo el cuidado cotidiano de uno de los adultos.

La nueva reglamentación reconoce expresamente esa posibilidad. Y establece que, frente a ella, la continuidad habitacional de los menores tendrá prioridad, independientemente del género, orientación sexual o conformación de la pareja que originalmente integró el hogar.

Fuente: Economis

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