El Tribunal Penal 1 de Oberá otorgó el beneficio de prisión domiciliaria a Alejandro “Cacho” Santa Andrea, de 71 años. El hombre cumple una condena de ocho años por abuso sexual con acceso carnal contra una menor. La medida establece que permanecerá en su vivienda y no en una unidad penitenciaria.
Fundamentos del fallo
El tribunal tomó la decisión en base a su edad y a informes médicos. La normativa vigente permite este tipo de modalidad en casos específicos. Los jueces también consideraron el dictamen del Cuerpo Médico Forense.
El informe señaló un buen estado físico general. Sin embargo, advirtió alteraciones en el plano psicológico. Los profesionales recomendaron continuar tratamientos y profundizar evaluaciones psiquiátricas.
Los magistrados entendieron que el encierro carcelario podía afectar su estado. Por eso aplicaron un criterio humanitario dentro del marco legal.
Condiciones y controles
El condenado deberá permanecer en su domicilio en Oberá. No podrá salir sin autorización judicial. Tampoco podrá cambiar de residencia.
El Patronato de Liberados realizará controles periódicos. La Policía también verificará su permanencia en el lugar. La Justicia evalúa colocar una tobillera electrónica, según disponibilidad.
El fallo prohíbe cualquier contacto con la víctima o personas vinculadas a la causa. Además, el condenado deberá continuar con tratamientos médicos y psicológicos.
Supervisión y advertencias
Un familiar directo asumirá la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de las condiciones. La Justicia advirtió que cualquier incumplimiento provocará la revocación del beneficio.
El tribunal remarcó que la prisión domiciliaria no reduce la pena. Se trata de una forma legal de cumplir la condena bajo control estricto.
Fuente: El Territorio
