• 6 diciembre, 2025 13:25

Se aprobó la regulación de los “llamadores” y la prohibición de los “viajeros de tránsito”

El Honorable Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que regula la actividad de los «llamadores» y la que prohíbe la permanencia de «viajeros de tránsito» en espacios públicos.

​El Director de Seguridad Ciudadana, Oscar Portillo, confirmó a CVI Noticias que ambas ordenanzas ya están aprobadas, destacando su importancia para la gestión local: «Estas normativas son herramientas clave para el ordenamiento de la ciudad», aseguró.

​El foco principal de la nueva normativa está puesto en la actividad de los «llamadores», aquellas personas que promocionan servicios gastronómicos o turísticos en la vía pública. El director detalló que la Dirección de Seguridad Ciudadana será el organismo controlador y que se implementarán requisitos estrictos para su formalización:

-​Límite y Uniforme: Cada local gastronómico podrá tener un máximo de dos llamadores ofreciendo la carta. Será obligatorio que el personal cuente con identificación del lugar (remera o chomba) y una credencial oficial con nombre y apellido.

-​Antigüedad y Salud: Para poder ejercer la actividad, se deberá acreditar una antigüedad mínima de dos años y realizar los trámites pertinentes para contar con la libreta sanitaria, asegurando así el profesionalismo y la salubridad del personal.

-​Permisos y Renovación: Seguridad Ciudadana otorgará permisos precarios que deberán renovarse cada 3 meses. El trámite de renovación debe iniciarse con 15 días de antelación, garantizando un control continuo sobre el personal en la vía pública.

​Respecto al segundo punto aprobado, la prohibición de «viajeros de tránsito», la ordenanza busca regular o prohibir la permanencia prolongada de transeúntes o viajeros en espacios públicos (como plazas o la terminal), con el objetivo de mantener el orden y la higiene en los espacios comunes y evitar la ocupación indebida.

Entrevista con: Oscar Portillo (Dir. Seguridad Ciudadana)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *